Modificación del Programa de Protección Social a la Familia y a la Infancia

La concesión de ayudas por nacimiento se modifica estableciéndose que al menos uno de los progenitores esté empadronado en esta localidad con dos años de antelación a la fecha del nacimiento, así como la convivencia de ambos progenitores

La Concejalía de Bienestar Social informa sobre la modificación del Programa de Protección Social a la Familia y a la Infancia.

El requisito de empadronamiento y convivencia se modifica y se establece que al menos uno de los progenitores esté empadronado en Abarán con dos años de antelación a la fecha del nacimiento, así como la convivencia de ambos progenitores, que deben residir en el municipio en el momento de solicitar la ayuda por nacimiento.

Esta ayuda económica prevista en el presente programa continúa siendo de 150 euros, tal y como fue aprobada en Junta de Gobierno Local el 16 de enero de 2009.

Con esta medida el Ayuntamiento de Abarán pretende ampliar la cobertura de servicios y adaptarse a las necesidades de los ciudadanos, ya que se han dado casos en los que uno de los cónyuges no estaba empadronado en Abarán y, por tanto, los progenitores no podían solicitar esta ayuda.

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